Es la garantía que se solicita al comercializador previo al inicio de sus actividades, la cual principalmente busca asegurar el debido cumplimiento del manejo de los bienes, fondos y valores que le asigne Lotería Nacional o que reciba por razón de su encargo, la cual puede respaldar las obligaciones establecidas en el Contrato de Comisión Mercantil a través de las siguientes opciones
Fianza expedida por la institución autorizada que al momento tenga celebrado un Convenio de Afianzamiento General o conforme a los mecanismos de afianzamiento vigentes en Lotería Nacional
Garantía Bancaria (Standby o línea de Crédito) emitida por institución bancaria autorizada.
Depósito en efectivo constituido a través de certificado o billete de depósito expedido por la institución de crédito autorizada (Moneda Nacional).
Depósito en efectivo ante la Tesorería de Lotería Nacional (Moneda Nacional).
Carta de crédito irrevocable, expedida por institución de crédito autorizada.
Cheque certificado o de caja expedido a favor de la Tesorería de Lotería Nacional.
La cantidad mínima, costo y el periodo de vigencia de la garantía, será comunicada por la Subdirección General de Servicios Comerciales a través de las Subdirecciones Regionales al momento de iniciar el trámite y posteriormente en la firma del Contrato de Comisión Mercantil.
Lotería Nacional podrá implementar o generar convenios que permitan facilitar el proceso de afianzamiento, ofreciendo las mejores condiciones al comercializador y/o agente.
El monto mínimo de la fianza o garantía podrá incrementarse a petición del comercializador y/o agente o a determinación de Lotería Nacional, dependiendo de su comportamiento de ventas de los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que se generen durante la vigencia del Contrato de Comisión Mercantil.
Lotería Nacional a través de la Subdirección General de Servicios Comerciales, le indicará la fecha, forma de entrega, monto, requisitos y periodo de vigencia para la renovación de la garantía, en caso de que el comercializador opte por otra forma de garantía (ver numeral 1.) esta deberá ser entregada a Lotería Nacional con antelación al vencimiento de la garantía vigente.